Fiscalidad Autónomo

Modelo 111 para Autónomos en 2026: Qué es, Cómo Rellenarlo y Cuándo Presentarlo

Por Equipo Velnor Capital8 min de lectura

Cada trimestre, miles de autónomos con trabajadores a cargo se enfrentan a la misma situación: presentar el Modelo 111 ante la Agencia Tributaria. Sin embargo, según datos de la AEAT, más del 30% de los requerimientos y sanciones en materia de retenciones afectan a pequeños empresarios y autónomos empleadores que cometen errores evitables al rellenar este formulario, con multas que pueden arrancar desde los 150 € por presentación incorrecta o fuera de plazo y escalar hasta el 150% de la cantidad no ingresada en casos de infracción grave.

El Modelo 111 es la declaración trimestral mediante la que autónomos y pymes informan a Hacienda de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas y determinadas ganancias patrimoniales. Su base legal se encuentra en el artículo 101 de la Ley 35/2006 del IRPF y en el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007), que obliga a cualquier pagador —también un autónomo— a retener e ingresar en el Tesoro la parte de IRPF correspondiente a sus trabajadores, colaboradores o profesionales contratados. En 2026, la normativa no ha sufrido cambios estructurales, pero el sistema de presentación electrónica mediante certificado digital o Cl@ve PIN sigue siendo el canal obligatorio para la inmensa mayoría de los declarantes.

En este artículo aprenderás exactamente qué es el Modelo 111, quién está obligado a presentarlo, cómo rellenarlo casilla a casilla con ejemplos numéricos reales, cuáles son los errores más frecuentes que cuestan dinero y cómo automatizar todo el proceso para no volver a preocuparte por un plazo.


Qué es el Modelo 111 y cómo funciona el sistema de retenciones

El Modelo 111 es la declaración-liquidación trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas. En términos sencillos: cuando un autónomo paga un salario a un empleado o una factura a otro profesional con retención, está actuando como recaudador de Hacienda. El dinero retenido no es tuyo —ni del cobrador— sino de la AEAT, y el Modelo 111 es el mecanismo para ingresarlo.

El sistema funciona así:

  1. Pagas un salario o una factura con retención.
  2. Retienes el porcentaje de IRPF correspondiente (variable según el tipo de renta: entre el 7% y el 47% para rendimientos del trabajo; el 15% general para profesionales autónomos, o el 7% para nuevos autónomos durante los primeros años).
  3. Acumulas esas retenciones durante el trimestre.
  4. Presentas el Modelo 111 e ingresas la suma antes de que venza el plazo.

Si quieres entender en profundidad cómo se calculan los porcentajes de retención en facturas entre profesionales, consulta nuestra guía completa sobre retenciones de IRPF en facturas para autónomos en 2026.

Ejemplo numérico básico:

Un autónomo tiene dos empleados. En el primer trimestre de 2026 les paga:

  • Empleado A: 2.400 € brutos (retención calculada: 18% → 432 €)
  • Empleado B: 1.800 € brutos (retención calculada: 12% → 216 €)
  • Un profesional externo le factura 1.000 € + 15% retención → 150 €

Total a ingresar en el Modelo 111 del 1T: 432 + 216 + 150 = 798 €


Quién está obligado a presentar el Modelo 111

Autónomos con empleados asalariados

Todo autónomo dado de alta como empleador en la Seguridad Social y que tenga trabajadores en nómina está obligado a presentar el Modelo 111 trimestralmente, incluso si en ese trimestre el resultado es cero (por ejemplo, por suspensión del contrato).

Autónomos que contratan otros profesionales autónomos

Si pagas facturas a otro autónomo (un gestor, diseñador, abogado…) y esas facturas llevan retención de IRPF, también debes declarar esas retenciones en el Modelo 111. Es uno de los casos más olvidados por los autónomos sin empleados propios.

Autónomos que abonan rendimientos del capital mobiliario con retención

Determinados pagos, como premios de concursos o ciertos rendimientos a socios, también pueden requerir su inclusión en el Modelo 111 o en el Modelo 123, según el caso.

Sociedades y pymes

Las sociedades limitadas y otras pymes también presentan el Modelo 111 con la misma periodicidad y estructura, aunque si superan el umbral de 6.010.121,04 € en volumen de operaciones, deben presentarlo mensualmente.

¿Y si no tienes empleados ni contratas profesionales?

Si eres autónomo sin trabajadores y todas tus facturas van sin retención (por ejemplo, si tus clientes son particulares y no practicas retención), no estás obligado a presentar el Modelo 111.


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Cuándo y cómo presentar el Modelo 111 en 2026

Plazos trimestrales 2026

TrimestrePeríodoPlazo de presentación
1T 2026Enero – Marzo1 al 20 de abril de 2026
2T 2026Abril – Junio1 al 20 de julio de 2026
3T 2026Julio – Septiembre1 al 20 de octubre de 2026
4T 2026Octubre – Diciembre1 al 20 de enero de 2027

⚠️ Si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.

Vía de presentación

Desde 2017, la presentación es obligatoriamente telemática para autónomos y pymes. Se realiza a través de la sede electrónica de la AEAT con:

  • Certificado digital (recomendado)
  • Cl@ve PIN
  • DNI electrónico

El pago puede domiciliarse en cuenta bancaria o realizarse con NRC generado desde banca online.


Cómo rellenar el Modelo 111 casilla a casilla

El formulario está dividido en bloques según el tipo de renta. A continuación se detallan los más habituales para autónomos:

Bloque I: Rendimientos del trabajo (empleados)

  • Casilla 01: Número de perceptores (cuántos empleados han cobrado en el trimestre)
  • Casilla 02: Importe de las retribuciones satisfechas (suma de brutos pagados)
  • Casilla 03: Retenciones practicadas (suma de IRPF retenido)

Bloque II: Rendimientos de actividades económicas (profesionales autónomos)

  • Casilla 04: Número de perceptores (profesionales a quienes has pagado con retención)
  • Casilla 05: Importe de las contraprestaciones (base imponible de las facturas)
  • Casilla 06: Retenciones practicadas

Bloque III: Premios y otras ganancias

Solo si aplica. La mayoría de los autónomos lo dejarán en blanco.

Bloque de liquidación

  • Casilla 28: Total de retenciones e ingresos a cuenta (suma de casillas 03 + 06 + otras)
  • Casilla 29: Resultado de la autoliquidación (normalmente coincide con casilla 28 si no hay compensaciones)

Errores comunes al presentar el Modelo 111

ConceptoPor qué NO aplica / Error frecuente
No presentarlo porque "no hay empleados fijos"Si tienes freelancers con retención, igualmente estás obligado
Presentarlo con resultado 0 y creer que no hay que ingresarloEl modelo con 0 en retenciones sí debe presentarse si hubo rendimientos
Confundir el Modelo 111 con el Modelo 190El 190 es el resumen anual; el 111 es la liquidación trimestral
Incluir las retenciones del propio autónomo en sus facturasLas retenciones que te practican a ti van en tu IRPF (Modelo 130), no en el 111
Aplicar siempre el 15% a todos los profesionalesLos nuevos autónomos en sus primeros años pueden tener retención reducida del 7%
Presentarlo fuera de plazo pensando que la multa es mínimaEl recargo por presentación fuera de plazo sin requerimiento es del 5% al 20% según el retraso
No declarar pagas extra o complementos salarialesTodos los rendimientos del trabajo satisfechos en el trimestre deben incluirse

Si además gestionas el IVA de tu negocio, recuerda que el Modelo 303 y el Modelo 111 comparten calendario trimestral y suelen presentarse en los mismos plazos.


Cómo documentar y justificar las retenciones ante Hacienda

Una correcta documentación es tu mejor defensa ante una posible inspección. Estos son los documentos imprescindibles:

Para empleados:

  • Nóminas firmadas o acuse de recibo de transferencia mensual
  • Modelo TC2 (relación nominal de cotizantes) de la Seguridad Social
  • Comunicación del empleado del modelo 145 (datos personales y familiares para calcular la retención)

Para profesionales externos:

  • Factura completa con NIF del emisor, base imponible, porcentaje de retención y cuota retenida
  • Justificante de pago (transferencia, extracto bancario)
  • Comprobación de que el profesional está dado de alta en el IAE en una actividad con retención obligatoria

Guarda todo durante al menos 4 años, que es el plazo de prescripción fiscal ordinario en España según el artículo 66 de la Ley General Tributaria.


Ejemplo práctico: Modelo 111 de un autónomo con empleados y colaboradores

Supongamos que eres un autónomo con dos empleados y contratas a un diseñador gráfico freelance en el segundo trimestre de 2026:

ConceptoPerceptoresBase imponible% RetenciónRetención
Nómina empleado A (3 meses)16.300 €17%1.071 €
Nómina empleado B (3 meses)14.500 €10%450 €
Factura diseñador freelance1800 €15%120 €
TOTAL311.600 €1.641 €

Cómo se refleja en el Modelo 111:

  • Casilla 01: 2 (empleados)
  • Casilla 02: 10.800 €
  • Casilla 03: 1.521 €
  • Casilla 04: 1 (diseñador)
  • Casilla 05: 800 €
  • Casilla 06: 120 €
  • Casilla 28 (total): 1.641 €
  • Resultado a ingresar: 1.641 €

Esta cantidad debe estar domiciliada o pagada antes del 20 de julio de 2026.


Herramientas y automatización: deja de rellenar el Modelo 111 a mano

Rellenar el Modelo 111 manualmente cada trimestre consume tiempo, genera errores y te expone a sanciones. En 2026 existen soluciones que automatizan el proceso desde el momento en que registras una nómina o una factura con retención.

Velnor Capital es una de esas herramientas: permite a autónomos y pymes registrar ingresos, gastos, nóminas y facturas con retención, calculando automáticamente los importes que deben volcarse en el Modelo 111 y generando el borrador listo para presentar en la AEAT. Desde 19,99 €/mes, puedes tener el control fiscal de tu negocio sin necesidad de revisar casilla por casilla cada trimestre.

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Además, si también presentas el Modelo 130 de pagos fraccionados de IRPF o quieres entender cómo calcular tu IRPF como autónomo paso a paso, integrar todas las obligaciones fiscales en una misma plataforma te ahorrará horas cada trimestre y reducirá el riesgo de errores cruzados entre declaraciones.


Fuente oficial: Agencia Tributaria — AEAT. La información de este artículo tiene carácter divulgativo y se actualiza de acuerdo con la normativa vigente. Consulta siempre con un asesor fiscal para tu caso concreto.

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Fuente oficial: Agencia Tributaria — AEAT. La información de este artículo tiene carácter divulgativo y se actualiza de acuerdo con la normativa vigente. Consulta siempre con un asesor fiscal para tu caso concreto.

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