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Actualizado: enero 2026

Cuánto se paga de autónomo en 2026 — cuotas y tramos

Tabla completa de cuotas de autónomos en 2026 por tramos de ingresos. Calcula cuánto pagas según tus rendimientos netos.

Sistema de cotización por ingresos reales 2026

Desde enero de 2023, los autónomos españoles cotizan a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos reales. El sistema tiene 15 tramos de rendimientos que se van ajustando anualmente mediante acuerdo entre el Gobierno, las asociaciones de autónomos y los sindicatos, hasta completar la transición prevista para 2031.

El funcionamiento es el siguiente: al inicio del año —o al darte de alta por primera vez— declaras cuánto prevés ganar en términos de rendimientos netos anuales. La Seguridad Social te asigna el tramo correspondiente y pagas mensualmente la cuota asociada. Si tu situación cambia —entra un proyecto grande, pasan meses sin ingresos—, puedes cambiar de tramo hasta seis veces al año.

Al cierre del ejercicio, cuando presentas el IRPF, la Seguridad Social regulariza: si ganaste más de lo declarado recibirás una liquidación con la diferencia de cuotas no pagadas; si ganaste menos, te devolverán el exceso cotizado. La regularización llega habitualmente en el segundo semestre del año siguiente.

Tabla de tramos y cuotas 2026

Las cuotas exactas de cada tramo se fijan en los Presupuestos Generales del Estado. Los valores siguientes son orientativos basados en la tabla de 2025; verifica los importes actualizados de 2026 en seg-social.es antes de calcular tu cuota definitiva.

Tramo 1 — Rendimientos netos hasta 670 €/mes: cuota orientativa 200 €/mes.

Tramo 2 — Rendimientos entre 670 y 900 €/mes: cuota orientativa 220 €/mes.

Tramo 3 — Rendimientos entre 900 y 1.166,70 €/mes: cuota orientativa 260 €/mes.

Tramo 4 — Rendimientos entre 1.166,70 y 1.300 €/mes: cuota orientativa 280 €/mes.

Tramo 5 — Rendimientos entre 1.300 y 1.500 €/mes: cuota orientativa 294 €/mes.

Tramo 6 — Rendimientos entre 1.500 y 1.700 €/mes: cuota orientativa 350 €/mes.

Tramo 7 — Rendimientos entre 1.700 y 1.850 €/mes: cuota orientativa 400 €/mes.

Tramo 10 — Rendimientos entre 2.760 y 3.190 €/mes: cuota orientativa 720 €/mes.

Tramo 15 — Rendimientos superiores a 6.000 €/mes: cuota orientativa 1.448 €/mes.

Para los tramos 8, 9, 11, 12, 13 y 14 consulta la tabla completa en seg-social.es — sección Autónomos — Bases y tipos de cotización.

Cómo se calcula tu base de cotización

El rendimiento neto que determina tu tramo se calcula como: ingresos brutos de la actividad menos todos los gastos deducibles según las normas del IRPF. No es el beneficio contable ni la facturación bruta, sino el rendimiento neto del IRPF en estimación directa.

Si tributas en estimación directa simplificada —la modalidad más habitual—, al rendimiento neto previo se le resta el 7% en concepto de gastos de difícil justificación (con un máximo de 2.000 €). El resultado es el rendimiento neto reducido que comunicas a la Seguridad Social para elegir tu tramo.

Ejemplo práctico: un autónomo con 30.000 € de ingresos anuales y 8.000 € de gastos deducibles tiene un rendimiento neto previo de 22.000 €. El 7% de gastos de difícil justificación son 1.540 €. Rendimiento neto reducido: 20.460 € anuales, equivalente a 1.705 €/mes. Ese importe cae aproximadamente en el tramo 6-7 de la tabla, con una cuota orientativa de 350-400 €/mes.

Tarifa plana nuevos autónomos

Los nuevos autónomos que cumplen los requisitos de acceso pagan 80 €/mes durante los primeros 12 meses, independientemente de sus ingresos reales. Esta cuota no está vinculada a ningún tramo del sistema de cotización por ingresos reales.

Para las condiciones completas de acceso, prórroga del segundo año e incompatibilidades, consulta la guía de alta como autónomo en España.

Cuota societarios y autónomos colaboradores

Autónomo societario: el administrador de una Sociedad Limitada o Anónima que tiene control efectivo (más del 25% del capital, o más del 33% si es familiar directo de otro socio) está obligado a cotizar por el RETA. Desde 2023 también está sujeto al sistema de ingresos reales. No tiene acceso a la tarifa plana de nuevos autónomos. La cuota mínima es la del tramo 1 del sistema general.

Autónomo colaborador: es el familiar del titular del negocio —hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad— que trabaja habitualmente en la actividad. Tiene una bonificación del 50% de la cuota durante los primeros 18 meses de alta, y del 25% durante los siguientes 6 meses. A partir del mes 25 paga la cuota completa correspondiente a sus rendimientos netos.

Ambos colectivos pueden cambiar su base de cotización hasta seis veces al año, igual que cualquier otro autónomo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar mi base de cotización si mis ingresos varían durante el año?

Sí. Puedes solicitar el cambio de tramo hasta seis veces al año en las fechas habilitadas por la Seguridad Social. Los cambios se aplican el primer día del mes siguiente a la solicitud. Velnor Capital te avisa cuando se abren los períodos de cambio.

¿Qué pasa si al final del año gané más de lo que declaré al inicio?

La Seguridad Social cruza los rendimientos declarados con los del IRPF. Si ganaste más de lo previsto, recibirás una liquidación con la diferencia de cuotas no pagadas. Tendrás un plazo para abonarla sin recargo adicional. Si ganaste menos, te devolverán el exceso cotizado.

¿La cuota de autónomos es deducible en el IRPF?

Sí, al 100%. La cuota mensual del RETA es uno de los gastos deducibles más importantes para un autónomo. Puedes verlo con más detalle en la guía completa de gastos deducibles.

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